"LA DE LOS TOROS ES LA FIESTA MÁS CULTA QUE HAY EN EL MUNDO"
(Federico García Lorca).


La Ley 10/1991 se 4 de Abril aprobada por "unanimidad" en el Congreso de Diputados Español en Su Artículo 8, Aptdo. 1 dice Textualmente:

"Los espectadores tienen derecho a recibir el espectáculo en su integridad."

POR ELLO, LA REAL FEDERACIÓN TAURINA DE ESPAÑA BASA SU RAZÓN DE SER EN:

A. La Vigilancia y Defensa de la Fiesta.

B. La Defensa de todos los Derechos del Espectador.

C. La Promulgación de su Cultura Milenaria.

D. Que a las Peñas y Clubes Taurinos se les reconozca un lugar destacado en la Fiesta.

Y CONSECUENTEMENTE:

1. Organiza o colabora desinteresadamente con cualquier Peña, Club asociado o la entidad que lo demande en más de trescientos actos Taurinos... (conferencias, coloquios, exposiciones, presentación de libros, etc...) anualmente.

2. Representa oficialmente con dos miembros de pleno derecho (D. Mariano Aguirre Díaz y D. Ramón Rodríguez Sanz) a los Aficionados Españoles en la Comisión Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos del Ministerio del Interior (Máximo Organismo de Asesoramiento y estudio de la normativa y reglamentación Taurina).

Dentro de la vertebración de la misma estamos presentes en las siguientes SECCIONES: Según ordena la Orden Ministerial de fecha 8 de octubre de 1.998 (B.O.E. 15 de Octubre de 1.998).

a. De Seguimiento.

b. De Fomento y Promoción.

c. De Presidencias.

d. De Veterinarios.

3. Así mismo dentro de las competencias Taurina asumidas por las Comunidades Autónomas está oficialmente Representando a los Aficionados en:

COMUNIDAD DE ANDALUCIA.
COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEON.
COMUNIDAD DE LA RIOJA.
COMUNIDAD DE VALENCIA.

4. Edita la revista "Desde el Tendido" que gratuitamente distribuye entre sus Asociados, Aficionados, Autoridades, Medios de Comunicación, Profesionales y Ganaderos con carácter bimensual. Tirada de 3000 ejemplares.

5. Anualmente concede los trofeos Nacionales "COSSIO" a todos los estamentos de la Fiesta y organiza para su entrega la "GRAN GALA NACIONAL DEL TOREO".

6. Concede las máximas condecoraciones representadas por las "Medallas al Mérito Taurino" a entidades, Profesionales, Ganaderos y Aficionados por méritos excepcionales para con la gran Fiesta Nacional.